Cuando se leen cosas como ésta, uno siempre piensa: ¿Pero es que nadie se había dado cuenta? El asunto es que, como cuenta EL PAIS, al redactar la Ley del Sector Ferroviario se olvidaron -o no- de un pequeño detalle: señalar que el viajero que va sin billete comete una falta administrativa, y por tanto sancionable.
Como bien señala un informe jurídico de CC.OO., del que se hace eco el diario, "no está tipificado como falta sancionable este hecho (viajar desprovisto de billete), y además no existe en vigor ningún procedimiento sancionador para estas conductas".
No acaba ahí la cosa. Puesto que en la Ley los interventores de la operadora -encargados de comprobar si los viajeros llevan título válido- no están considerados como agentes de la autoridad, es tremendamente dudoso que puedan hacer algo más que llamar por teléfono a Policía, Guardia Civil o similares. No pueden emitir denuncias, ni retener físicamente a los infractores, sin incurrir en delito de detención ilegal. En otras palabras: Renfe ha estado -y está- sancionando sin fundamento legal a quienes iban sin billete.
Como todo en esta vida, hay una explicación razonable. Puesto que el contrato de transporte Renfe-viajero es ahora de naturaleza plenamente privada, viajar sin billete no es una falta administrativa, sino un incumplimiento de contrato. Y eso se sustancia en un Juzgado del orden civil, no en la Delegación de Gobierno. Instancias éstas que, por cierto, están archivando las denuncias emitidas por trabajadores de la Operadora.